Fuente: http://justiciaparalc.blogspot.pe/ |
Estas fueron las palabras que
aunque no pronunciadas llegaron a ser advertidas por L.C., cuando en el hospital
Daniel Alcides Carrión no quisieron operarla de emergencia. Esta operación evitaría
una parálisis irreversible desde su cuello hacia sus extremidades inferiores…
Pero, qué raro ¿verdad? ¿Cómo un médico no va a velar por el bienestar de su
paciente?...
Y es que esa es solo una parte de
la historia. L.C. es una joven mujer que a la edad de 13 años fue violada sistemáticamente
por un mototaxista. Producto de estas constantes agresiones quedó embarazada y
traumatizada de por vida. Un día cualquiera, decidió subirse al techo de su
casa y aventarse desde él hacia la acera de la calle. Sorprendentemente tanto la
joven como el bebé que llevaba en su vientre sobrevivieron. Sin embargo, su
columna quedó gravemente afectada, necesitaba la operación de emergencia que ya
hemos explicado… ¿Cuál fue el problema entonces?... Los médicos refirieron “Señora,
para operar hay que esperar que dé a luz a su hijo o por la misericordia de
Dios, que le dé un aborto espontáneo”
Este post guarda mucha relación
con el anterior que publiqué hace algunas horas; es más, me topé con este caso
mientras indagaba más sobre la legalización del aborto. El caso L.C. me indignó
tanto que quise dedicar un post entero exclusivamente a él. Pero… ¿Por qué
tanto descontento?... ¿Se les hace poco confinar a una mujer a una silla de ruedas
cuando en tus manos está salvarla de tal martirio? ¿Les parece ético anteponer
la vida de un no nacido a costas de la integridad física y psicológica de su
madre?...
Así hayan respondido con un sí o
un no a estas preguntas, lo cierto es que en el Perú existe respecto al aborto
terapéutico una legislación, la cual estipula: “No es punible el aborto
practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su
representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la
vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente”
(Artículo 119 del Código Penal Peruano, 2008). Esto quiere decir que en caso de
que la vida o salud de la madre se vea comprometida, el aborto es una opción viable.
Lamentable y vergonzosamente, a pesar de que existe una norma jurídica, esta no
se implementa en la práctica real. Aún existen médicos y mujeres que desconocen
este derecho.
Mi interrogante más grande es: ¡¿HASTA
CUÁNDO?!... ¿HASTA CUÁNDO DEJAREMOS QUE OCURRAN SITUACIONES TAN LAMENTABLES Y
DEPLORABLES COMO ESTAS? ¿HASTA CUÁNDO PERMITIREMOS QUE SE PISOTEEN NUESTROS
DERECHOS? ¿HASTA CUÁNDO DEJAREMOS QUE LA IGNORANCIA DOMINE NUESTRO ACCIONAR?...
No son simples preguntas para reflexionar, sino para EMPEZAR A ACTUAR. Así como
le sucedió a L.C., le pudo haber sucedido a cualquier otra mujer, amiga, madre
o hermana. ¡INFORMÉMONOS! Luchemos por los derechos que ya
tenemos y los que aún nos faltan adquirir
como personas y como nación.